Legal
Condiciones generales del servicio — Sistema Facturantes
El presente contrato regula la prestación del servicio de facturación electrónica del sistema Facturantes y aplica a todo suscriptor que contrate el servicio. Las condiciones particulares de cada suscriptor —plan, servicios incluidos, precio y modalidad de pago— son las que este contrate al momento de su inscripción y se le comunican al activarse su cuenta, formando parte integrante de este contrato.
El prestador de servicios: Facturantes S.A.C. (en adelante, «EL PRESTADOR DE SERVICIOS»), con RUC N.° 20604685878 y domicilio en Av. Tacna 739, San Miguel, Lima, Perú.
El suscriptor: la persona natural o jurídica que contrata el servicio de facturación electrónica del sistema Facturantes (en adelante, «EL SUSCRIPTOR»), cuyos datos y condiciones particulares constan en su inscripción.
La suscripción al servicio tiene una duración anual (doce meses). El plan contratado, los servicios incluidos, el precio y la modalidad de pago —que podrá ser anual, trimestral o mensual— serán los que el suscriptor haya elegido al momento de su inscripción, los cuales se le comunican al activarse su cuenta y forman parte de este contrato.
Art. 1. Objeto. El objeto del presente contrato es establecer los derechos y obligaciones de las partes, así como especificar las reglas y procedimientos que regirán la prestación del servicio contratado.
Art. 2. Duración y modalidad de pago. La suscripción al servicio tiene una duración de un (1) año (permanencia mínima). El pago podrá realizarse de forma anual, trimestral o mensual, según la modalidad elegida por el suscriptor al momento de su inscripción. Al término del plazo anual, el contrato finalizará; si el suscriptor desea mantener la relación comercial, deberá suscribirse un nuevo contrato conforme al Art. 7.
Art. 3. Alcance. Las obligaciones, deberes, prestaciones y demás acuerdos vinculan únicamente a las partes suscribientes, por lo cual el prestador de servicios se sustrae de toda responsabilidad que el presente documento pueda ocasionar a terceros ajenos a la presente relación contractual.
Art. 4. Información del suscriptor. El suscriptor deberá proporcionar al prestador de servicios toda la información necesaria, útil y conveniente para que pueda realizar de manera puntual y eficiente la prestación de los servicios objeto del presente contrato, bajo el formato y medio electrónico establecido para tal efecto. El suscriptor es el único responsable de la veracidad, exactitud y actualización de dicha información.
Art. 5. Naturaleza del servicio. El o los servicios contratados serán brindados de manera no exclusiva al suscriptor, por medios electrónicos, mediante el uso del sistema Facturantes, de propiedad del prestador de servicios.
Art. 6. Contraprestación. Los pagos que el suscriptor se compromete a realizar como contraprestación del servicio corresponden al plan y modalidad de pago contratados en su inscripción; compromiso de pago que es parte integral del presente contrato.
Art. 7. Vigencia y renovación. El presente contrato tendrá una vigencia de un (1) año. Vencido dicho plazo, si el suscriptor desea mantener la relación comercial, será necesaria la suscripción de un nuevo contrato. Toda renovación deberá constar por acuerdo escrito de las partes.
Art. 8. Resolución anticipada y penalidad. El suscriptor podrá resolver el contrato antes de cumplir la permanencia mínima anual, comunicándolo por escrito con una antelación de al menos un (1) ciclo de pago. En dicho caso, y en atención a que el servicio se contrata por un periodo anual, el suscriptor deberá abonar, como penalidad por incumplimiento de la permanencia comprometida, el importe equivalente a las cuotas pendientes hasta completar el año contratado. Esta penalidad no resulta aplicable cuando la resolución obedezca a un incumplimiento imputable al prestador de servicios.
Art. 9. Pagos no reembolsables. Los pagos efectuados por el suscriptor no son reembolsables, salvo disposición legal en contrario o error atribuible al prestador de servicios. La falta de uso del servicio por parte del suscriptor no genera derecho a devolución ni a la suspensión de las obligaciones de pago vigentes.
Art. 10. Modificaciones al contrato. El prestador de servicios podrá realizar modificaciones al presente contrato notificando al suscriptor, por escrito o por correo electrónico, con una antelación mínima de veinte (20) días a su entrada en vigor. En caso de que el suscriptor no aceptase las nuevas condiciones y así lo notificase al prestador de servicios, podrá resolver el contrato de manera anticipada y sin penalización alguna.
Art. 11. Obligaciones de las partes. A continuación se detallan las principales obligaciones que las partes asumen como propias, teniendo cada una de ellas fuerza vinculante; sin perjuicio de ello, esta descripción constituye una lista enunciativa, no taxativa, que se complementa con aquellas obligaciones contenidas en los anexos y apéndices del presente contrato.
11.1. Obligaciones del prestador de servicios:
11.2. Obligaciones del suscriptor:
Art. 12. Licencia de uso. El prestador de servicios concede al suscriptor un derecho no transferible y no exclusivo de utilizar el servicio, únicamente para su propio uso empresarial interno y sujeto a las condiciones de este contrato. Todos los derechos no concedidos expresamente quedan reservados al prestador de servicios y sus licenciantes.
Art. 13. Suspensión por falta de pago. El retraso en el pago de la contraprestación determinará la inhabilitación de la cuenta del suscriptor, sin necesidad de requerimiento previo y sin que ello libere al suscriptor de las obligaciones de pago devengadas. La reactivación del servicio procederá una vez regularizado el pago pendiente.
Art. 14. Uso de credenciales. El suscriptor es responsable de la custodia y confidencialidad de las credenciales de acceso entregadas, así como del uso que sus usuarios hagan del servicio. Toda operación realizada con dichas credenciales se reputará efectuada por el suscriptor, quien asume plena responsabilidad por ellas. El suscriptor deberá comunicar de inmediato al prestador de servicios cualquier uso no autorizado del que tome conocimiento.
Art. 15. Responsabilidad tributaria del suscriptor. El suscriptor es el único responsable frente a la SUNAT y demás autoridades por el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como por la veracidad, exactitud y oportunidad de los comprobantes de pago electrónicos que emita a través del sistema. El prestador de servicios actúa como facilitador tecnológico para la emisión de los CPE y no interviene ni responde por el contenido, la procedencia o las consecuencias tributarias de los documentos generados por el suscriptor.
Art. 16. Documentos entregables. La obligación de entrega del prestador de servicios se limita a los comprobantes de pago electrónicos (CPE) que la normativa de la SUNAT exige, remitidos conforme a la legislación vigente. El prestador de servicios no está obligado a entregar reportes, información de uso técnico del sistema, código fuente, bases de datos ni otros elementos internos de la plataforma. Las funcionalidades de consulta o reportes que, de acuerdo con el plan contratado, se pongan a disposición del suscriptor, constituyen prestaciones accesorias disponibles dentro del sistema durante la vigencia del contrato, y no documentos de entrega obligatoria.
Art. 17. Limitación de responsabilidad. La responsabilidad del prestador de servicios se limita a los daños directos que le sean directa y exclusivamente imputables. El prestador de servicios no responde por daños indirectos, lucro cesante, pérdida de oportunidades o perjuicios derivados de: (i) información incorrecta, incompleta o desactualizada proporcionada por el suscriptor; (ii) el uso indebido del servicio o de las credenciales; (iii) la indisponibilidad, fallas o cambios de los sistemas de la SUNAT u otras entidades; o (iv) causas ajenas a su control. Esta limitación no excluye la responsabilidad que, conforme a la ley, no pueda ser válidamente limitada.
Art. 18. Disponibilidad del servicio y fuerza mayor. El prestador de servicios realizará sus mejores esfuerzos para mantener el servicio disponible de manera continua, sin que ello constituya una garantía de disponibilidad ininterrumpida. No serán imputables al prestador de servicios las interrupciones o afectaciones ocasionadas por labores de mantenimiento, actualizaciones, indisponibilidad de la SUNAT, fallas de Internet o de servicios de terceros, ni por eventos de caso fortuito o fuerza mayor.
Art. 19. Uso indebido o ilícito. El prestador de servicios podrá suspender o resolver el contrato, sin obligación de reembolso, cuando el suscriptor destine el servicio a fines distintos de los pactados, a actividades ilícitas o que contravengan la normativa vigente, o cuando incumpla gravemente sus obligaciones. Asimismo, ante cualquier evidencia fehaciente de un hecho ilícito advertido durante la vigencia del contrato, el prestador de servicios se encuentra obligado a informar a las autoridades competentes.
Art. 20. Confidencialidad. El prestador de servicios respeta la privacidad y se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información recibida, y a exigir el mismo nivel de compromiso a cualquier persona que, dentro de su organización, participe en el tratamiento de los datos del suscriptor, tanto durante la relación profesional como una vez finalizada esta por cualquier causa.
Art. 21. Protección de datos personales. El tratamiento de los datos personales que el suscriptor proporcione se realiza conforme a la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento. El suscriptor autoriza el tratamiento de sus datos para la prestación del servicio y sus fines conexos. Facturantes S.A.C. está comprometida con la privacidad y la protección de todas las personas y compañías que proporcionan datos personales a la empresa, conforme a su Política de Privacidad.
Art. 22. Acuerdo íntegro. El presente contrato constituye el único y total acuerdo entre las partes en relación con la prestación del servicio, dejando sin efecto cualquier negociación, obligación, comunicación o documento, verbal o escrito, anterior a la fecha de aceptación de este contrato.
Art. 23. Ley aplicable y jurisdicción. El presente contrato se rige por las leyes de la República del Perú. Para cualquier controversia derivada de su interpretación o ejecución, las partes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial de Lima, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Art. 24. Contacto. Encontrarás los datos de contacto de nuestro servicio al cliente en: https://www.facturantes.com/contacto. Dirección: Av. Tacna 739, San Miguel, Lima, Perú. Soporte técnico — Teléfono: +51 959 068 101. Correo: soporte@facturantes.com.
La contratación del servicio y/o la aceptación expresa del suscriptor —por medio electrónico, correo, mensajería o firma— implica que este declara haber leído, comprendido y aceptado íntegramente los términos del presente contrato, así como los Términos y Condiciones de uso del sistema Facturantes y la Política de Privacidad, que forman parte integrante de este acuerdo. Dicha aceptación constituye manifestación de voluntad con plena validez legal.
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